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Se inicia primer proceso de sanción por instalar grandes exhibidores de cajetillas de cigarrillos en puntos de venta

6 enero 2014

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foto- exhibidores-local-sancionSantiago de Chile, 6 de enero de 2014 (CHLT).- Tras la denuncia de Chile Libre de Tabaco, la Seremi de Salud de la Región Metropolitana levantó un acta de incumplimiento de la Ley de Tabaco en materia de prohibición de publicidad con citación al Juzgado de Policía Local en contra de un comerciante de la comuna de Santiago por la instalación de un exhibidor de cajetillas de cigarrillos.

Sonia Covarrubias, coordinadora de Chile Libre de Tabaco, afirmó que “este es un precedente importantísimo para sancionar las violaciones de la publicidad que establece la Ley de Tabaco, ya que son estrategias de promoción del tabaco para incentivar su consumo. Es muy importante que las SEREMI fiscalicen la norma de la publicidad también, ya que la exhibición de las cajetillas en los puntos de venta, es una forma de publicidad y por lo tanto ilegal”.

A la fecha las fiscalizaciones de la Ley de Tabaco se han centrado en la implementación de los ambientes 100% de humo de tabaco y no tanto en la norma que restringe la publicidad de los productos de tabaco.

Cabe consignar que la Subsecretaría de Salud Pública emitió un oficio que entrega instrucciones a las Secretarias Regionales Ministeriales (SEREMI) de Salud de todo el país para que procedan a denunciar ante el Juzgado de Policía Local a los infractores de la Ley de Tabaco que instalen exhibidores de cajetillas de cigarrillos en los puntos de venta, para cursar las sanciones correspondientes.

El oficio Nº 2256, emanado de la Subsecretaria de Salud Pública el 15 de julio de 2013, señala que la Ley establece en su artículo Nº 3 que se prohíbe la publicidad de tabaco y de elementos de las marcas relacionado con dicho producto. En su artículo Nº 2, establece en su letra a) que para efectos de la Ley se entenderá como publicidad toda forma de promoción, información o acción de promover un producto hecho con tabaco o el consumo de tabaco.

“En este sentido, es importante recalcar que está prohibida toda forma de responsabilidad social empresarial, todo aviso en revistas, periódicos u otros medios, aunque sean netamente informativo y toda forma de comunicación que busque resaltar el producto por sobre otros productos, como por ejemplo los dispositivos que poco a poco se han instalado en los puntos de venta donde se destaca el listado de precios por sobre los otros productos del establecimiento y los sistemas que se han instalado en galerías y otros para resaltar los aparadores y los productos”.

Además, el oficio al cual tuvo acceso Chile Libre de Tabaco, a través de la Ley Nº 20.285 sobre transparencia y acceso a la información pública, muestra en imágenes ejemplos de publicidad prohibida, dando cuenta de la variedad de exhibidores de cajetillas que se han instalado en los puntos de venta en el país.

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Publicado en: Actualidad

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