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Dónde sí y dónde no se puede fumar en Chile

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Con las modificaciones a la Ley de Tabaco ya vigentes, Chile cuenta con una excelente ley que limpia el aire del humo tóxico del cigarrillo y protege la salud de toda la población.

¿Qué cambia con la nueva ley?
Se protege a los no fumadores (entre ellos,  trabajadores y niños) de la exposición involuntaria al humo de cigarrillo en lugares como restaurantes y pubs donde antes se permitía fumar.

¿Dónde no se permite fumar?
Todos los espacios cerrados de uso y acceso público o comercial están libres de humo, por lo que no se permite fumar en ellos.

¿Cómo se define un espacio interior o cerrado?
La nueva ley define como «espacio interior o cerrado …. aquel cubierto por un techo o cerrado entre una o más paredes o muros, independiente del material utilizado, de la existencia de puertas o ventanas y de que la estructura sea permanente o temporal».

¿Dónde se podrá fumar?
En los espacios abiertos, como parques y plazas, además de la vía pública, donde el humo de cigarrillo no se encajone y no afecte a terceros. También se permite que los restaurantes o bares habiliten terrazas para fumadores, siempre que permitan la circulación del aire para limpiar el ambiente. En los estadios, los administradores podrán designar áreas para fumar.

NO SE PERMITE FUMAR ADENTRO:

  • bares, pubs y restaurantes
  • cines y teatros, casinos de juego y discotecas
  • hoteles, centros comerciales y supermercados
  • oficinas de atención al público
  • centros médicos y hospitales
  • escuelas y colegios (ni tampoco en patios) y aulas de universidades
  • transporte colectivo, terrapuertos y aeropuertos
  • En los estadios deportivos, sólo se permite fumar en sectores designados

SE PERMITE FUMAR

  • parques, plazas y playas al aire libre
  • calles
  • casas y departamentos particulares (residencias privadas)
  • autos particulares

SEGÚN SU ESTRUCTURA (SI ES UN ESPACIO CERRADO O NO)

  • paraderos de buses en la vía pública
  • andenes de los terminales de buses
  • terrazas de bares, restaurantes y similares

 PREGUNTAS FRECUENTES

¿Se puede fumar en las terrazas de locales de acceso público? Si la terraza no está adosada a una pared y tiene techo, se puede fumar. Si hay una continuidad entre la pared y el techo de la terraza, es considerado un espacio cerrado y está prohibido fumar.

¿Se puede fumar en las oficinas particulares?
Si éstas son de atención al público general o de giro comercial, está prohibido fumar.

¿Quién va a fiscalizar la ley? Funcionarios de la Secretaría Ministerial de Salud (SEREMI) de cada región y los inspectores municipales de cada comuna. Las denuncias se pueden hacer llegar a estas instancias, incluso por internet.

¿Cómo se  sancionan las infracciones a la ley? Multas en dinero, empezando un 2 UTM (casi $80.000) para el dueño o administrador. En caso de reincidencia, se podrá  clausurar el local por 15 días. Eventualmente, también se podrá multar al fumador.


OJO Sres. Fumadores:

La colilla del cigarrillo es un artefacto incendio que también contamina. Por favor apaguen bien sus cigarrillos y sean responsables a la hora de desecharlos, evitando tirarlos al suelo.


 Defender el aire libre de humo de tabaco es nuestro derecho y nuestra responsabilidad.

  • En la mayoría de los casos, basta que Ud. recuerde amablemente al fumador que la ley cambió y ya no se permite fumar en lugares cerrados.
  • Si está en un local comercial, puede solicitar al administrador que hable con el fumador.
  • También se puede denunciar a la SEREMI de Salud respectiva a través de su página web o a la municipalidad.

Para más información, consulte sobre la Ley 20.660 en la página web del Ministerio de Salud.

 

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