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31 DE MAYO: CHILE LIBRE DE TABACO CIERRE LA CAMPAÑA “EL CONGRESO SE SUMA”

Una treintena de diputados han hecho suyo el compromiso de no fumar, ni dejar fumar -- aunque está permitido por la actual ley -- en sus oficinas parlamentarias, dando un ejemplo de liderazgo y coherencia frente al debate que está por comenzar.

El 31 de mayo, estos honorables recibirán un reconocimiento de parte de la Organización Panamericana de la Salud en el cierre de nuestra campaña "El Congreso se suma por un Chile libre de humo de tabaco"

Sala de Prensa de la Cámara de Diputados, Congreso Nacional, Valparaíso a las 12.00 hrs.

¿Cómo sumarse al Día Mundial sin Tabaco en Chile?

En esta página te ofrecemos el siguiente material informativo descargable para imprimir y hacer circular en tu lugar de trabajo, establecimiento educacional, junta de vecinos, centro de madres o centro de salud.

Hoy, 31 de Mayo, Día Mundial Sin Tabaco

Descarga aquí folletos informativos del Ministerio de Salud

Folletos Ministerio de Salud

Este material da información útil sobre como abordar y prevenir el tabaquismo en distintos sectores. Sin embargo, hay que hacer un importante alcance: la ley actual NO ESTABLECE AMBIENTES 100% LIBRES DE HUMO. Al contrario, autoriza fumar en bares, discos, restaurantes (optativo y según tamaño del local), oficinas privadas, patios de hospitales, algunos establecimientos educacionales (Universidades y Centros de formación Técnica) y otros lugares.

HAZ DE CADA DIA EL DIA MUNDIAL SIN TABACO

El 31 de mayo de cada año, la Organización Mundial de la Salud celebra el Día Mundial sin Tabaco, cuyo objetivo es educar sobre los riesgos del consumo de tabaco y fomentar políticas eficaces para enfrentar el tabaquismo. El consumo de tabaco es la primera causa mundial de muerte evitable y es responsable de una muerte en el mundo cada 6,5 segundos.

La celebración de este día es una oportunidad para difundir información sobre los peligros de fumar y necesidad, a nivel nacional, de implementar el Convenio Marco para el Control del Tabaco.

Para más información, también ver DÍA MUNDIAL SIN TABACO en el sitio de la Organización Panamericana de la Salud: http://www.who.int/mediacentre/events/annual/wntd/es/

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DIPUTADOS ANALIZARON MODIFICACIONES DEL SENADO A LEY SOBRE AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO, PERO NO VOTARON

20 de diciembre de 2012

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 La iniciativa quedó pendiente para enero 2013.

20 de diciembre del 2012  –La Cámara de Diputados analizó los cambios del Senado al proyecto (boletín 7914) que modifica la ley 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco.

Entre los cambios, el Senado definió como espacio interior o cerrado aquel espacio cubierto por un techo o cerrado entre una o más paredes o muros, independientemente del material utilizado, de la existencia de puertas o ventanas y de que la estructura sea permanente o temporal.

Asimismo, se estableció la prohibición de la publicidad del tabaco y de elementos de las marcas relacionadas con dicho producto. Esta prohibición se extiende en los mismos términos y con los mismos efectos a la publicidad indirecta realizada por medio de emplazamiento, donde se muestra en medios de comunicación masiva el consumo de productos o marcas de productos hechos de tabaco.

Además se prohíbe en programas transmitidos en vivo, por televisión o radio, en horario para menores, la aparición de personas fumando o señalando características favorables al consumo de tabaco. También se prohíbe la publicidad en las señales internacionales de los medios de comunicación chilenos o sitios de Internet con dominio “punto cl”.

Las compañías tabacaleras deberán informar anualmente al Ministerio de Salud el detalle de donaciones efectuadas, así como los gastos en que incurran en virtud de convenios con instituciones públicas, organizaciones deportivas, comunitarias, entidades académicas, culturales y organizaciones no gubernamentales.

El fabricante o importador de los productos de tabaco deberán informar anualmente al Ministerio de Salud sobre sus constituyentes y los aditivos que se incorporan a ellos, en calidad y cantidad, así como las sustancias utilizadas para el tratamiento del tabaco. No podrán comercializarse los productos de tabaco que contengan aditivos que no hayan sido previamente informados al Ministerio de Salud.

El Ministerio podrá prohibir el uso de aditivos y sustancias que se incorporen al tabaco en el proceso de fabricación, cuando tales aditivos y sustancias aumenten los niveles de adicción, daño o riesgo en los consumidores. Además, podrá establecer los límites máximos permitidos de las sustancias contenidas en los productos de tabaco. Asimismo, fijará las normas sobre difusión de la información referida a los aditivos y sustancias incorporadas al tabaco y sus efectos en la salud de los consumidores.   Los envases de cigarrillos deberán expresar clara y visiblemente en una de sus caras laterales los principales componentes de este producto en los términos establecidos por el Ministerio de Salud.

El Senado incorporó dentro de los lugares donde se prohíbe fumar las galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Esta prohibición se extiende a la cancha y a toda el área comprendida en el perímetro conformado por dichas galerías, tribunas y aposentadurías, salvo en los lugares especialmente habilitados para fumar que podrán tener estos mencionados.

De la misma forma, el texto prohíbe fumar en pubs, restaurantes, discotecas, casinos de juego, teatros y cines. En el caso de establecimientos de salud públicos y privados y en dependencias de órganos del Estado, se deberán habilitar, en los patios o espacios al aire libre, cuando ellos existan, lugares especiales para fumadores.

 

Fuente: Cámara de Diputados: http://www.camara.cl/prensa/noticias_detalle.aspx?prmid=62105

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Publicado en: Actualidad

Alto a las Tabacaleras

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